El pasado 8 de Septiembre de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentó el Paquete Económico Aplicable para el presente Ejercicio Fiscal 2026, el cual proyecta un ingreso neto total de $10.19 billones de pesos moneda nacional, frente a un déficit de $1.39 billones de pesos moneda nacional. Las estimaciones parten de un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) cercano al 2.5%, una inflación del 3.2% y un tipo de cambio de alrededor de 18 pesos por dólar americano. El eje central de la recaudación tributaria seguirá siendo de manera natural el Impuesto Sobre la Renta (ISR), calculado en $3.07 billones de pesos moneda nacional, mientras que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) aportaría $1.58 billones de pesos moneda nacional, reafirmando su peso dentro de los ingresos tributarios del país.
En lo que concierne al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), se concentra el cambio más notorio de este paquete económico en cuestión de recaudación y con impacto directo en el mercado. El incremento de la tasa a productos de tabaco —de 160% a 200% en cigarros y de 30.4% a 32% en puros elaborados a mano—, acompañado de un esquema de cuotas específicas que crecerán progresivamente hasta 2030, persigue dos fines: incrementar la recaudación y desincentivar el consumo de tabaco por razones de salud pública. Este ajuste coloca a México en una de las cargas fiscales más altas de Latinoamérica para este sector, con efectos inmediatos en el precio al consumidor y un riesgo paralelo de incentivar el contrabando y el mercado irregular e ilícito.
En materia de ISR, uno de los puntos más relevantes es la fijación de la tasa de retención anual sobre intereses en 0.90%, aplicable a personas físicas que perciben rendimientos f inancieros. Las plataformas digitales continuarán bajo un régimen estricto de retención, con una tasa de 4% de ISR sobre ingresos de prestadores de servicios y vendedores en línea, mientras que las operaciones de financiamiento colectivo (crowdfunding) estarán sujetas tanto a ISR como a IVA. Otro punto clave es el programa de repatriación de capitales, que aplicará una tasa preferencial del 15% siempre que los recursos se inviertan en territorio nacional.
Las modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF) representan quizá la parte más sensible del Paquete Económico y de su Política Fiscal aplicable de manera inmediata para el presente Ejercicio Fiscal 2026. En primer lugar, se endurecen las medidas contra falsos comprobantes fiscales, al facultar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para suspender de inmediato el Certificado de Sello Digital (CSD) y realizar visitas domiciliarias expeditas.
También se amplían las causales de restricción de CSD por créditos fiscales firmes, operaciones con hidrocarburos irregulares y fallas en controles aduaneros. Otro cambio significativo es la obligación de los contadores públicos inscritos de informar al SAT sobre incumplimientos detectados en dictámenes y denunciar delitos f iscales directamente al Ministerio Público de la Federación. Asimismo, se adicionan sanciones específicas para quienes condicionen la expedición de CFDI y se refuerzan las sanciones contra el mercado ilícito de hidrocarburos.
El análisis de este paquete permite identificar una estrategia clara: mantener un gasto expansivo en programas sociales e infraestructura, financiado con un fortalecimiento de la recaudación y cargas tributarias selectivas. Si bien existen incentivos para sectores estratégicos como el primario, exportador o el de repatriación de capitales, las medidas de control fiscal y las modificaciones al CFF anticipan un escenario de mayor litigiosi dad, especialmente en lo relativo a la suspen sión del CSD, proporcionalidad de impuestos especiales, fiscalización de plataformas digitales y facultades de comprobación más rigurosas a cargo de contribuyentes.
Desde la práctica profesional que ocupa a los Asesores Fiscales de Negocios y de la Defensa Legal Fiscal, esta continúa cobrando mayor relevancia a través de los años, debiendo ser imperativo hoy en día para todo el Sector Empresarial contar con una asesoría técnica especializada en la materia e información actualizada con un enfoque de visión empresarial de largo plazo y preventiva de cualquier supuesto de contingencia tributaria, dentro del entorno de la política fiscal actual, permitiendo al empresario una mejor toma de decisiones día a día, garantizando certeza jurídica de las inversiones y un blindaje legal de las empresas y patrimonio del empresario, delegando la parte tributaria a profesionales de la materia, permitiendo enfocarse en la productividad y desarrollo de sus actividades empresariales.
El reto para el presente 2026 será lograr un equilibrio entre el cumplimiento preventivo y la defensa activa-efectiva, aprovechando los incentivos que ofrece el marco normativo vigente para efectos de la aclaración o solventación de cualquier situación tributaria de las empresas, pero a la vez respondiendo con firmeza técnica legal y f iscal frente a cualquier exceso en el ejercicio de facultades de la autoridad fiscalizadora.
Reforma al Código Fiscal de la Federación
El pasado 7 de Noviembre de 2025, se publicó en Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF), mismo que entró en vigor en su mayor parte el 1º de Enero de 2026, cuyo objeto primario es aumentar la recaudación de impuestos, erradicando a toda costa la fuga de contribuciones que se genera a criterio de las autoridades fiscales y del Gobierno Federal, mediante simulación de operaciones para efectos fiscales, robusteciendo para tales efectos el marco normativo de los agentes recaudadores del Estado, otorgando mayores facultades al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y precisando mayores obligaciones para los contribuyentes.
La restricción de Certificados de Sellos Digitales y al Registro Federal de Contribuyentes, la creación de una nueva facultad de comprobación que verifica la existencia de los comprobantes fiscales digitales y modificaciones para erradicar malas prácticas en medios de defensa legal fiscal, son herramientas severas pero contundentes que visualiza implementar el Estado para la recaudación impositiva.
Sin embargo, es imperante que al momento de ejercer esas nuevas medidas, la autoridad tributaria no parta de la infundada premisa de que todos los contribuyentes son evasores f iscales, y contemple que en este mundo de negocios globalizado, las herramientas digitales y de identificación fiscal, son fundamentales para el desarrollo de las actividades económicas tanto de las personas físicas con actividad empresarial, así como de las personas morales, situación que puede perderse de vista al implementar castigos tan severos que si se aplican a literalidad, podrían acabar con el sustento económico de los gobernados al impedirles la emisión de comprobantes fiscales digitales (CFDI), o bien, su cancelación en el Registro Federal de Contribuyentes.
Independientemente del panorama que se puede observar derivado del Decreto de reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF), es imperativo que el sector empresarial diagnostique de inicio la estructura legal, fiscal y corporativa de sus empresas, paralelamente de su plan de cumplimiento tributario, implementando acciones preventivas y correctivas de compliance que le permitan al empresario la seguridad jurídica que requiere para el desarrollo de sus actividades propias de negocios, mismas que son la fuente generadora de los empleos formales que sostienen a la clase productiva del país.
A razón de lo anterior, toda empresa debe contar con un plan de cumplimiento normativo empresarial multidisciplinario que permita revisar los controles internos de las empresas en sus aspectos legales, fiscales, corporativos, contables, operativos, entre otros rubros aplicables, ya que, con la reforma al CFF, no basta solo contar con los elementos básicos de identificación que le dan formalidad a los actos jurídicos que celebran en relación con los proveedores y clientes. Hoy en día, conforme a las formas actuales de fiscalización, es necesario revisar la contabilidad de los integrantes administradores de la sociedad con la finalidad de evitar actos de molestia por parte de la autoridad f iscal que pueden causar un perjuicio irreparable en su modelo de negocio y economía actual.
Adicionalmente, se debe contar en todo momento con un orden del soporte documental contractual, contable, legal y fotográfico que ampare la materialidad de las operaciones que realizan con sus proveedores o prestadores de servicios, esto con la finalidad de contar con los elementos de prueba necesarios para desvirtuar los hechos u omisiones que pudiera considerar la autoridad fiscal al ejercer las nuevas facultades de comprobación para efectos de corroborar la veracidad de las operaciones que amparan los comprobantes fiscales digitales de una empresa.
Documentación, que además de ser una obligación para los contribuyentes conservarla en su domicilio fiscal, guarda relevancia su orden y resguardo, debido a que el procedimiento que tiene previsto instaurar la autoridad fiscalizadora es en demasía sumario, otorgándole al contribuyente un término de 5 días hábiles para aportar los elementos de prueba que desvirtúen las irregularidades detectadas sin posibilidad de prórroga, o de lo contrario se procederá con la restricción de los Certificados de Sellos Digitales (CSD), situación que puede dejar en un estado de vulnerabilidad a las empresas.
Finalmente, es importante tener presente que las nuevas disposiciones en materia de CFF para el presente ejercicio 2026, buscan reinventar los medios de defensa legal fiscal con los que cuenta el contribuyente conforme a sus derechos ante los actos de molestia emitidos por las autoridades f iscales, dentro de los cuales y preocupantemente destaca la modificación del recurso de revocación, figura jurídica que si bien en la práctica su porcentaje de éxito para que se revoque el acto es bajo, cumple con un principio jurídico que no se considera en los juicios de nulidad o juicios de amparo, y este último es el principio de presunción de inocencia, al no imponer al contribuyente la carga de garantizar el interés f iscal hasta en tanto no se resuelva el recurso promovido, lo que le permite al contribuyente el tiempo prudente necesario para efectos de obtener la liquidez necesaria para garantizar el crédito fiscal en litigio, lo cual conforme a nuevas disposiciones ya no será posible.
Causando un perjuicio para los contribuyentes que no cuenten con la liquidez inmediata para garantizar el crédito fiscal controvertido, teniendo que garantizar mediante el orden previsto en el actual artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF).
Por tanto, una vez detectadas las adversidades de las nuevas disposiciones vigentes para el presente 2026, es importante ser conscientes que la defensa legal fiscal está cambiando, ya no basta con la implementación de los medios de defensa convencionales, que con el paso del tiempo han perdido la eficacia, y la protección de los contribuyentes, ahora, la nueva defensa legal fiscal, comienza desde el núcleo de los contribuyentes, un correcto plan de cumplimiento normativo empresarial, es la diferencia que permite que el gobernado se defienda de manera efectiva ante esta nueva forma de fiscalización de las autoridades tributarias.

Reforma a Ley de Amparo
Fue el 16 de Octubre de 2025, cuando se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la «Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Primeramente, debe destacarse que el Juicio de amparo es el medio de defensa legal en México que tiene por objetivo proteger los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que México es parte.
El amparo protege a los ciudadanos frente a normas generales, actos u omisiones por parte de los poderes públicos o de particulares en los casos que señala la propia Ley de Amparo.
El Gobierno Federal argumentó que la reforma tiene como fin mejorar y perfeccionar el Juicio de Amparo, para que este sea ágil, sencillo y de pronta tramitación, más accesible al grueso de la población en beneficio de los ciudadanos.
Los puntos más relevantes de la nueva Ley de Amparo son los siguientes:
● Redefinición de Interés Legítimo
Tratándose del interés legítimo, la norma, el acto u omisión reclamados en el Juicio de Amparo deberán ocasionar en el ciudadano promovente (la persona quejosa), una lesión jurídica real, actual y diferenciada del resto de la ciudadanía. Es decir, la anulación de lo reclamado debe producir un beneficio cierto, directo y tangible en la persona quejosa promovente y no ser meramente una expectativa o un efecto hipotético.
● Restricción de la Suspensión del Acto Reclamado
Existen nuevas causales para limitar la suspensión provisional, que es la medida que detiene los efectos de un acto de autoridad mientras se resuelve el juicio de amparo. Esta restricción se aplicaría especialmente en los casos que involucren:
a. En actos de Bloqueo de Cuentas Bancarias por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
b. En actos relacionados con la Deuda Pública o el funcionamiento del Sistema Financiero. c. En actos de Órdenes de Aprehensión, Reaprehensión o Medidas Cautelares que impliquen privación de la libertad dictadas por autoridad competente.
En los casos de bloqueo de cuentas bancarias, de deuda pública y sistema financiero, la suspensión no sería inmediata. La persona quejosa deberá acreditar ante la autoridad judicial el origen lícito de sus recursos para obtener la suspensión definitiva.
● Establecimiento de Plazos y Sanciones por Incumplimiento
Plazos Ciertos: Se establece un plazo cierto en aquellos artículos de la Ley de Amparo que actualmente no prevén plazos, para que tenga verificativo o se realice un acto. Estos plazos deberán ser observados por los jueces para agilizar el Juicio de Amparo y garantizar una justicia pronta y expedita.
● Juicio de Amparo Digital
Se incorpora un marco jurídico claro y funcional para desarrollar un Juicio de Amparo verdaderamente digital con plena validez legal y operativa práctica. Se establece un esquema opcional para las partes que promueven el juicio, salvaguardando los derechos de quienes no cuentan con acceso a Internet o medios digitales.
● Armonización al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Las modificaciones concretadas para la Ley de Amparo implican armonizarla con otros ordenamientos jurídicos, concretamente con el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Se realizaron adecuaciones tendientes a hacer efectivo el cobro o recaudación de créditos fiscales firmes.
Se estableció en el Código Fiscal de la Federación (CFF) la improcedencia del procedimiento administrativo de ejecución, así como de actos o resoluciones que resuelvan sobre solicitudes de prescripción de créditos firmes. En consecuencia, también serán improcedentes el juicio contencioso administrativo en contra de tales actos, adecuándose la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
Reforma a la Ley Aduanera
A partir del 1° de Enero del 2026, entró en vigor la reforma a la Ley Aduanera, la cual tiene como objetivo transformar radicalmente el sistema aduanero mexicano, considerado pilar estratégico de la economía y de la seguridad nacional.
De acuerdo con el Gobierno Federal, la reforma centra su enfoque central en la modernización y fortalecimiento de la legislación aduanera según las necesidades de intercambio comercial internacional, combatir la evasión y la elusión f iscal, la subvaluación y el contrabando (prác ticas indebidas que han generado pérdidas importantes en la recaudación impositiva).
La nueva Ley Aduanera reconfigura el control aduanero y de los actores del comercio exterior. Además, hace énfasis en la digitalización y endurecimiento de la fiscalización.
Los cambios inmediatos a la Ley Aduanera versan sobre los siguientes temas:
● Órgano Regulador Se crea un Consejo Aduanero encargado de resolver sobre el otorgamiento, suspensión, cancelación, y extinción de patentes de agente aduanal, así como de la inhabilitación de agentes aduanales.
● Agentes Aduanales Eliminar el carácter de vitalicio de las patentes de agente aduanal, y en cambio, ahora las patentes tendrán una vigencia de veinte años con certificaciones periódicas (cada tres años).
● Modernización y Simplificación Simplifica los procedimientos para empresas de mensajería y paquetería que realicen despachos aduaneros. Paralelamente, se actualiza el Régimen de Depósito Fiscal en almacenes generales de depósito.
● Fiscalización Digital Establece los requisitos que en materia de vigilancia y seguridad deberán reunir los recintos f iscales, fiscalizados y estratégicos, así como quienes hagan despacho aduanero en un lugar distinto al autorizado, a efecto de que se les pueda otorgar autorización operativa.
● Responsabilidad y Sanciones Añade supuestos de infracciones y sanciones severas para recintos fiscalizados estratégicos que permitan la salida de mercancías sin el soporte legal documental aplicable. Se eliminan las causas excluyentes de responsabilidad del agente aduanal, para que este sea responsable solidario con el importador y exportador de que la información de las mercancías sea verdadera, estén dentro de la fracción arancelaria correcta y paguen los impuestos correspondientes.
● Autoridades Aduanales Faculta a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) como autoridades aduaneras. Permite a las autoridades aduaneras la celebración de convenios en materia informática y de tecnologías con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
Compliance Empresarial 2026
El Compliance Empresarial se ha convertido en un pilar estratégico para las organizaciones, y cobra mayor relevancia en el presente 2026, en un entorno en el que el Paquete Económico consolida un modelo de responsabilidad fiscal, fortalecimiento de la inversión productiva y combate más estricto a las malas prácticas de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Hoy en día, garantizar la Seguridad Jurídica Total de las Empresas, Inversiones, Empresarios y su Patrimonio, es indispensable para competir en un mercado global altamente regulado y con crecientes facultades de fiscalización de los entes recaudadores del Estado. La implementación efectiva de un Plan de Compliance Empresarial, no solo previene contingencias legales y fiscales, sino que también fortalece la sostenibilidad y competitividad de los negocios en un entorno global altamente regulado.
En la actualidad, nos enfrentamos a un nuevo paradigma económico y fiscal, marcado por la evolución de la Política en México y Estados Unidos. Con nuevas Políticas Públicas que impactarán la relación bilateral y la aplicación del T-MEC o USMCA, dada su revisión que se llevará a cabo en el presente 2026, impulsando nuevas dinámicas de mayor colaboración, cooperación e innovación comercial, que deberán brindar mayor certidumbre jurídica a la región.
México sigue consolidándose como un activo estratégico para Estados Unidos y un destino clave para la Inversión Global. Para mantener esta posición, es fundamental establecer Políticas Públicas Eficientes y Confiables, que brinden seguridad y transparencia a inversionistas nacionales e internacionales, incentivando la expansión del comercio interno y la llegada de nuevos capitales de inversión al país. El Gobierno Federal ha propuesto incentivos fiscales, inversión en infraestructura ferroviaria, portuaria y energética, así como la simplificación regulatoria, con el fin de atraer y retener capital extranjero.
La comunicación efectiva, colaboración e interacción entre el Sector Público y el Sector Empresarial es clave para el crecimiento económico y la estabilidad del país, compromiso de todos los mexicanos. A través de alianzas estratégicas, consensos respetados, lealtad política–empresarial y acciones consistentes coordinadas, es posible generar un ecosistema empresarial sólido, con bases legales claras en un entorno de Certeza Jurídica, Políticas Públicas Inteligentes y Regulaciones Flexibles, favoreciendo la atracción confiable de inversión extranjera con visión a largo plazo e impulsando el Desarrollo Económico de las Diversas Regiones del País, impactando directo en la Recaudación Tributaria, la Generación de Empleo y el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB). El Plan México busca precisamente fortalecer esa conexión, impulsando proyectos estratégicos de infraestructura e innovación, que van desde trenes y energías limpias hasta semiconductores y vehículos eléctricos.
El éxito de modelos como Nearshoring, Smartshoring, Friendshoring y Reshoring, y el fortalecimiento del T-MEC o USMCA, depende en gran medida, del Estado de Derecho, de la multicitada certeza jurídica permanente y la estabilidad regulatoria. La atracción consistente de inversión extranjera solo se materializa cuando existe un compromiso gubernamental real con la implementación de políticas públicas objetivas, responsables, transparentes, equitativas y sostenibles, que proyecten a México como un país con visión de largo plazo y condiciones óptimas para la inversión.
La simplificación fiscal y la digitalización de trámites empresariales son pasos fundamentales que deben materializarse en la modernización del entorno corporativo. Es indispensable migrar hacia procesos automatizados, ágiles y seguros, que reduzcan la burocracia y optimicen el establecimiento de nuevas empresas y su cumplimiento normativo en el ejercicio de la actividad empresarial, facilitando la expansión de empresas nacionales e internacionales en el país.
En un contexto de altas regulaciones y estrictos controles internacionales, las empresas deben adoptar un Enfoque Estratégico en Materia de Compliance. Más allá de una obligación legal, se trata de un mecanismo de protección corporativa que impulsa la rentabilidad, sostenibilidad y crecimiento empresarial dentro de una cultura de cumplimiento normativo con visión global, acorde al perfil y necesidades operativas de las organizaciones.
El Compliance Empresarial es el punto de partida para el crecimiento sostenible de las empresas, transformando los retos en oportunidades que permitan a los empresarios una mejor toma de decisiones para la trascendencia de sus negocios.
Un modelo robusto de Compliance, genera el Blindaje Legal que toda organización requiere para operar con Confianza y Seguridad Jurídica Total. Para ello, es imprescindible contar con Estructuras Legales Sólidas que vayan más allá de lo técnico y permitan la Continuidad, Consolidación y Trascendencia de las empresas en un entorno altamente fiscalizado.
Como Asesores Fiscales de Negocios, nuestra labor es proporcionar a los empresarios información actualizada, estratégica y precisa, alineada con las necesidades específicas de cada sector. Una visión empresarial a largo plazo, basada en una correcta interpretación de la gobernanza corporativa, fiscal y legal normativa, permite una toma de decisiones informada y eficiente, clave para la trascendencia y éxito continuo empresarial.
En muchas ocasiones, los problemas fiscales de las empresas surgen de una administración ineficiente o de la falta de una cultura de Compliance. Es imprescindible la implementación de Mejores Prácticas Operativas y Empresariales, que garanticen un cumplimiento legal riguroso y una sólida salud fiscal y financiera.
Cada empresa tiene características únicas según su giro, sector, operatividad y estructura corporativa. La identificación de obligaciones y derechos tributarios permite diseñar un Plan de Compliance Preventivo, con un enfoque integral que abarque los aspectos legales, fiscales y corporativos, asegurando la razonabilidad y materialidad de las operaciones empresariales.
La Política Fiscal Actual otorga en el presente 2026 Mayores Facultades de Fiscalización a las autoridades fiscales, con el objetivo de incrementar la Recaudación Tributaria. Esto exige a los empresarios la implementación de Mayores Controles Internos en las áreas operativa, administrativa, legal, contable, fiscal y corporativa, garantizando el Compliance de Obligaciones Legales.
Es importante recordar que los Empresarios también cuentan con Derechos Tributarios, lo que obliga a las autoridades a seguir fielmente los procedimientos de ley, otorgar previa audiencia, fundar y motivar todo su actuar fiscalizador. Esto permite al Empresario el poder aclarar su Situación Tributaria y, en caso necesario, ejercer los Medios de Defensa Legal procedentes ante los Tribunales competentes.
Por ello, la implementación de un Plan Definido de Compliance Tributario es una necesidad estratégica para cualquier empresa que busque prevención, gestión y control interno eficiente de sus actividades empresariales. Un Diagnóstico Corporativo–Tributario Preventivo permite conocer a detalle las actividades y responsabilidades legales de cada empresa, asegurando su Seguridad Jurídica Total y Tranquilidad Fiscal de su Organización.
Los rubros clave en un Programa de Compliance Corporativo-Tributario incluyen:
● Administración Empresarial Efectiva
● Gobierno Corporativo Empresarial y Familiar
● Cumplimiento Fiscal en Materia de Impuestos Internos e Impuestos al Comercio Exterior
● Regulación Laboral y Seguridad Social
● Estrategia Financiera y Control de Riesgos
● Prevención de Lavado de Dinero (PLD)
Estos elementos, entre otros aplicables, acorde a la estructura corporativa organizacional en particular, deben ser validados de manera objetiva y preventiva, asegurando el fortalecimiento de los Controles Internos tendientes a garantizar Certeza Jurídica de las Inversiones y Toma de Decisiones, enfocada a una Mayor Rentabilidad, Crecimiento y Valor Empresarial.
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